Me casé, me cansé y ahora me quiero divorciar. ¿qué procede?
- Lic. Eduardo Quintero & Lic, Carlos Hernández
- 22 jun 2017
- 3 Min. de lectura
Familiar", aunque para ello se tuvieron que haber satisfecho algunos requisitos muy importantes tales como la edad mínima, que no exista cierto grado de parentesco entre los futuros esposos, o sea que no sean, hermanos, primos, sobrinos etc. o no ser menor de 18 años, debiendo señalar e indicar qué tipo de régimen quieren adquirir, ya sea Sociedad Conyugal ( o como se conoce en las telenovelas bienes mancomunados que es cuando el carro, la casa, los muebles y el dinero pertenecen a las 2 partes de la pareja) o separación de bienes ( que es cuando el carro, la casa, los muebles y el dinero pertenecen individualmente cada parte de la pareja que lo haya adquirido para sí misma con su dinero ) y hasta aquí no hay problema alguno que se cruce en la intención de las personas que pretendan formar una familia, ya sea con o sin hijos, depende de las posibilidades o aspiraciones de la pareja o que se haya acordado de manera común.

Sin embargo, a veces las cosas no siempre son como uno quisiera que fueran o como uno pensaba que iban a suceder, simplemente se salen de nuestras manos uno o varios factores que no están a nuestro alcance, es algo que no queda en nosotros, y sucede que por salud física y mental y por tantita dignidad si de verdad se quieren el uno al otro, es viable optar por una solución legal a la que por fortuna podemos acudir a nuestro favor, pero no menos dolorosa.

Como dijimos líneas arriba, la manera de poder "romper" con ese lazo que une de tal o cual manera, se llama "divorcio" que también está plenamente establecido en nuestra Ley para la familia, y que lo describe como "disolución del vínculo conyugal, a petición de uno de los esposos o de ambos dejándolos en aptitud de contraer un nuevo matrimonio que podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges y que también deberá inscribirse en el Registro del Estado Familiar"
¿Y QUÉ PROCEDE?
Procede informar que hay dos tipos de divorcio el unilateral (mejor conocido como el divorcio exprés, cuando una sola parte de la pareja lo pide) y el bilateral (cuando las dos partes de la pareja están de acuerdo) en los cuales, cualquiera que se elija las partes deberán acudir a un abogado o abogada mismo que les solicitará reunir los documentos necesarios tales como: 1.- comprobantes de compra de los bienes adquiridos ya sea el carro, los muebles, la casa, las joyas y hasta el calzado, 2.- el convenio de divorcio 3.- copia certificada del acta de matrimonio 4.- acta de nacimiento de los hijos 5.- y demás documentos que se vayan requiriendo en la tramitación del procedimiento.

Después de tramitado el procedimiento por parte de su abogado o abogada , y haber terminado cada una de las etapas, se procede a dictar sentencia por parte de la autoridad (Juzgado Familiar), que en su momento decretará la conclusión del matrimonio dejando en aptitud a cada una de las partes de contraer un nuevo matrimonio o no, quedando en la voluntad de cada una de las partes. .
No está de más mencionar que YASSAL ABOGADOS cuenta con la experiencia y con el conocimiento necesarios para resolver sus dificultades y que ponemos a su disposición nuestro número de contacto vía whats app, llamadas o SMS el número 771-238-99-01 o al correo electrónico yassal.abogados@gmail.com o en su defecto vía inbox de facebook para ampliar su información ya que éste artículo está dirigido a la sociedad en general y que si usted requiere una asesoría personal, sin ningún compromiso nos ponemos a su disposición y le atenderemos con mucho gusto. .